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16 de mayo de 2016

Presidenta Bachelet promulga ley que modifica plantas municipales por primera vez en más de 22 años y que beneficia a más de 33 mil funcionarios

  • Iniciativa entrega a los alcaldes la facultad de diseñar las plantas municipales, atribución que hoy es exclusiva de la Presidenta de la República.
  • En la ceremonia de promulgación se reconoció el esfuerzo que a diario realizan los funcionarios del sector municipal.

 

Como un paso relevante en la descentralización y en la dignificación de los funcionarios municipales, fue calificada  la nueva ley que modifica las plantas municipales por primera vez en más de 22 años y que promulgó esta mañana en el Palacio La Moneda la Presidenta de la República Michelle Bachelet.

 

En una ceremonia que contó con la presencia de ministros de Estado, parlamentarios, subsecretarios, alcaldes, concejales y dirigentes gremiales, la Mandataria reafirmó el compromiso de su gobierno con la modernización del sector municipal, de manera que puedan prestar un servicio de calidad a sus ciudadanos, en condiciones de mayor igualdad y con respeto a la dignidad de quienes trabajan en los 345 municipios a lo largo de Chile.

 

La nueva Ley, que hace frente a inequidades acumuladas durante años en el sector, beneficiando a más de 33 mil funcionarios, es una de las iniciativas profundamente descentralizadora que lleva a cabo el Programa de Gobierno, ya que devuelve a los alcaldes, con la debida aprobación del Concejo Municipal y la participación de los trabajadores, la facultad de fijar la planta de funcionarios y de decidir la forma en que se van a organizar los recursos humanos de los municipios.

 

La iniciativa también permite cumplir con antiguos anhelos de los trabajadores municipales, ya que actualmente se encuentran en una posición desventajosa respecto al resto de las personas que se desempeñan en el sector público, a pesar de que cumplen funciones similares.

 

En este contexto, entre otras disposiciones, el proyecto concede una asignación profesional, a partir del 1° de enero del año 2016, a los directivos, profesionales y jefaturas, homologándolos así con sus pares del sector central, medida que beneficiará a cerca de 8.700 profesionales.

 

Del mismo modo, se mejorarán las remuneraciones de funcionarios de plantas de técnicos, administrativos y auxiliares, a través de un aumento de dos grados a quienes se encuentren entre los grados 15 al 20 y de uno a aquellos que se ubican entre los grados 10 al 20, lo que favorecerá a 24.000 trabajadores aproximadamente, tanto de planta como a contrata.

 

También se modifican los límites de gastos en personal pasando del 35 al 42 por ciento de los ingresos propios e introduce cambios en el gasto en contrata del 20 al 40 por ciento. En tanto, en las vacantes que genere el mayor gasto a contrata, se va a priorizar al personal a honorarios del municipio.  De este modo, los gobiernos comunales podrán profesionalizar sus plantas, mejorando sus capacidades técnicas y ofreciendo así un servicio de mejor calidad a sus vecinos y vecinas.

 

Otro punto relevante es que la normativa incluye criterios de responsabilidad fiscal, para que los municipios no se excedan en el gasto de personal, así como también normas de probidad, transparencia y estabilidad funcionaria.

 

Con relación a los recursos, la ley promulgada este día también representa un gran esfuerzo económico para el Estado, ya que todos los beneficios involucrados se van a financiar con un aporte fiscal de 32 mil millones de pesos para este año y de 36 mil millones de pesos el año 2017.

 

A partir del año 2018, se cuadriplicará el aporte fiscal al Fondo Común Municipal, pasando de las actuales 218 mil UTM a un millón 52 mil UTM, satisfaciendo así una antigua aspiración del mundo municipal.

 

CONTENIDO DEL PROYECTO

 

  1. NUEVAS PLANTAS.

 

  • Es una ley que fortalece la descentralización, en atención a que cada municipalidad fijará sus plantas, según sus necesidades.
  • Faculta al Alcalde, para que con acuerdo de los 2/3 de los concejales, y debiendo consultar en forma previa, a un comité bipartito-paritario compuesto por representantes de las asociaciones de funcionarios y del Alcalde, se creen o modifiquen las plantas de funcionarios.
  • Las plantas podrán establecer el número de cargos para cada planta y fijar sus grados.
  • La creación de nuevos cargos, o modificación, no afectará los derechos ya adquiridos de los funcionarios municipales.
  • Estas plantas no han tenido cambios desde 1994.

 

  1. BENEFICIOS

 

  1. ASIGNACIÓN PROFESIONAL

Concede asignación profesional a partir del 1° de enero del año 2016, a funcionarios municipales de planta y contrata de los estamentos: Directivos, Profesionales y Jefaturas, homologándolos así con sus pares del sector central.

 

  1. ASIGNACIÓN DIRECTIVO -JEFATURA

Se concede, a contar del 1 de enero del año 2016, al personal de planta y contrata, de las plantas Jefaturas, Profesionales y Directivos, una asignación especial de Directivo Jefatura, siempre que no tengan derecho a la asignación profesional.

 

  1. AUMENTO DE GRADOS (mejora remuneraciones)
  • A partir del 1 de Enero 2016, funcionarios de planta se encuentren entre los grados 10 al 20, serán encasillado en el grado inmediatamente superior.
  • A partir del 1 de Enero 2017, funcionarios de planta se encuentren entre los grados 15 al 20, serán encasillado en el grado inmediatamente superior.
  • Estos beneficios podrán ser extendidos por los Alcaldes a las contratas, en los mismos términos que al personal de planta.

 

  1. BONOS
  2. a) Bono a los funcionarios beneficiarios de asignación profesional y de la asignación directivo- jefatura, equivalente a 4 veces el valor de las mejoras que le corresponden en el mes de enero del año 2016.
  3. b) Bono a los funcionarios entre los grados 10 al 20, que fueron beneficiados del incremento de un grado, equivalente a 4 veces el valor de las mejoras en grados que le corresponden en el mes de enero del año 2016.

 

  1. BONO POST – LABORAL

Para ex funcionarios, que se acogieron a retiro voluntario, y no pudieron recibir el bono post-laboral, se les reconoce el derecho, a contar del primer día del mes siguiente a aquel en que cesaron en sus funciones.

 

TODOS ESTOS BENEFICIOS FAVORECEN A MAS DE 33.000 FUNCIONARIOS MUNICIPALES A NIVEL PAIS.

 

III. OTRAS MODIFICACIONES IMPORTANTES

 

  1. MODIFICACIÓN LÍMITE DE GASTOS
  2. a) Modifica los límites de gastos en personal pasando del 35% al 42 % de los ingresos propios.
  3. b) Modifica el gasto en contrata del 20% al 40%. En las vacantes que genere el mayor gasto a contrata, se deberá priorizar al personal a honorarios del municipio.

 

 

  1. APORTE FISCAL Y AUMENTO DEL FONDO COMUN MUNICIPAL

 

  1. a) Año 2016: de M$ 32.000.000 (treinta y dos mil millones de pesos).
  2. b) Año 2017: de M$ 36.000.000 (treinta y seis mil millones de pesos).
  3. c) Año 2018: Aumenta aporte al FCM de 218.000 UTM a 1.052.000 UTM.

 

  1. NORMAS DE RESPONSABILIDAD FISCAL
  • Establece normas de responsabilidad fiscal para proceso de fijación de plantas.

 

  • Los ingresos propios a tener presente en la fijación de las nuevas plantas, deben ser tomados de un histórico de tres años con anterioridad a la creación o modificación de plantas. Se establece una acción especial de reclamo.

 

  1. MODIFICACIONES A LA POLITICA DE RECURSO HUMANO MUNICIPAL

 

  • Se establece como instrumento de gestión municipal la política de recurso humano, previa opinión comité bipartito integrado por funcionarios y representantes del alcalde, y aprobada por concejo municipal. El cumplimiento de la política de recursos humanos deberá ser parte de la cuenta pública del Alcalde.
  • Se permite la creación de nuevas unidades, con requisitos de protección a los funcionarios.
  • Dispone como exigencia municipal contar con reglamento de concursos públicos.

 

  1. NUEVAS COMPETENCIAS A LA SUBDERE

 

Se asigna nuevas funciones a la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, quien deberá recepcionar la información de los municipios, referida al recurso humano municipal y su financiamiento, para ser utilizada en proponer y evaluar las políticas y planes correspondientes al ámbito municipal.